Ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales

Ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales

Ayudas para apoyar la implementación, modernización y fomento de la actividad comercial en zonas rurales, mejorando la competitividad, sostenibilidad y diversificación de la economía rural.

 

En el BOE de ayer, día 5 de julio de 2022, se publicó el Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio de 30 de junio de 2022, por la que se convoca la línea de ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

Objeto

Esta línea de ayudas tiene como objetivo la financiación de proyectos de impulso a la competitividad, innovación y modernización de los canales de distribución en entidades locales de hasta 5.000 habitantes, y en especial a aquellas en zonas más despobladas o con menor densidad de población, para reforzar la actividad y distribución comercial mediante tecnologías actuales, fomentar la cohesión económica y social, la generación de empleo y la creación de sinergias entre municipios, comercios y vecinos facilitando el consumo y entrega de los productos.

Beneficiarios:

1. Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden las siguientes entidades locales:

a) Los municipios, con poblaciones de hasta 5.000 habitantes.

b) Las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, siempre que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.

c) Las comarcas y otras entidades que agrupen varios municipios, asociaciones de miunicipios y mancomunidades siempre que la media simple de la población de los municipios en los que se plantee la actuación o proyecto no supere los 5.000 habitantes.

   Plazo de presentación:

El plazo para candidaturas es de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, es decir, del 6 de julio al 6 de agosto de 2022, ambos inclusive.

La solicitud se realizará de manera electrónica a través de la sede electrónica del ministerio, a través del siguiente enlace: https://sede.serviciosmin.gob.es/registroelectronico

       Observaciones:

El importe de la financiación a conceder será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable, hasta un máximo de subvención de 500.000 euros.

 

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