Subvenciones del programa «Reto Rural Digital» para proyectos de capacitación digital

Subvenciones del programa «Reto Rural Digital» para proyectos de capacitación digital

Estas ayudas forman parte del Programa Reto Rural Digital orientado a financiar acciones de formación en competencias digitales de la población de zonas de reto demográfico.

El plazo de solicitud es de sesenta días desde su publicación en el BOE.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) publicó en el BOE la Orden TED/1326/2023, de 17 de noviembre, mediante la cual se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa «Reto Rural Digital» para proyectos de capacitación digital en el medio rural, y se procedió a su convocatoria en el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Objeto.- Las ayudas se destinarán al desarrollo de programas formativos de capacitación digital en las zonas de prioridad demográfica, orientadas fundamentalmente a colectivos para los que se requiere una perspectiva demográfica específica: las personas mayores, las mujeres, la infancia y juventud y personas desempleadas, que tengan su domicilio en:

a) Municipios con población igual o inferior a 5.000 habitantes.

b) Municipios de más de 5.000 habitantes, siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores, entidades singulares o análogas (pedanías, parroquias, barrios rurales, concejos, aldeas, caseríos y similares).

c) Municipios de más de 20.000 habitantes con núcleos de población dispersos siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en dichos núcleos.

Las ayudas serán gestionadas por las entidades beneficiarias que serán tanto entidades sin ánimo de lucro como entidades locales, a través de programas de formación en competencias digitales. Los programas de formación deberán tener una duración mínima de 7,5 horas, y deberán estar enfocados a la adquisición de competencias digitales básicas por parte de la ciudadanía, de forma que pueda operar con confianza y seguridad a la hora de comunicarse, informarse o realizar transacciones, como comprar, relacionarse e interactuar con las Administraciones Públicas, así como resolver los problemas sencillos del entorno digital.

En relación con los plazos de ejecución de las actividades contempladas en la presente convocatoria, las entidades formativas tendrán la obligación de:

  • Haber formado menos a un 35 % de los participantes totales objeto de subvención, en el primer año a contar desde la fecha de resolución de concesión de la subvención.
  • Finalizar las actividades objeto de subvención antes del 31 de marzo de 2026.

Serán financiables los gastos contraídos desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2026.

Cada beneficiario podrá presentar en su solicitud un único proyecto.

Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades sociales sin ánimo de lucro y las entidades locales, concretamente siguiendo las bases reguladoras:

1. Las entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Tener un ámbito territorial de actuación autonómico o estatal.

b) Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades alineadas con el objeto descrito en el artículo 1.

c) Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro a aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.

d) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo.

e) Disponer de experiencia en formación en el ámbito de la capacitación digital.

2. Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales.

Plazo y forma de presentación.- Las subvenciones se podrán solicitar a partir del primer día hábil tras la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, durante un plazo de sesenta días naturales.

El plazo de solicitud finaliza el 18 de abril de 2024.

Las solicitudes se deberán presentar en la sede electrónica asociada del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Más información:

  • Orden TED/1326/2023, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa «Reto Rural Digital» para proyectos de capacitación digital, y se procede a su convocatoria en el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Extracto de la Orden de 17 de noviembre de 2023 de la Secretaría General para el Reto Demográfico por la que se convocan subvenciones del programa “Reto Rural Digital” para proyectos de capacitación digital, durante el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.